En el nuevo Sistema de Justicia Penal no todo son juicios orales. El proceso contempla otras medidas de solución de conflictos, como la justicia alternativa o los procesos abreviados.
Un caso bajo el nuevo Sistema de Justicia Penal puede empezar de dos formas:
1. Con la presentación de la denuncia o querella y;
2. Con la detención del imputado en flagrancia, es decir cuando se está cometiendo el delito. El caso termina hasta la audiencia de explicación de sentencia, donde el Juez determina si el imputado es inocente o responsable de haber cometido el delito. Aquí es importante señalar que en la nueva justicia penal se le nombra imputado a la persona que en un proceso penal es señalada de probablemente haber cometido un delito.
Primera etapa: investigación
En la investigación, el Ministerio Público y la Policía determinarán la probable existencia de un delito y buscarán a la persona que lo cometió. Una vez que el Ministerio Público cuente con pruebas de que una persona pudo haber cometido un delito o participado en él, debe acudir con el Juez y acusarlo formalmente (formularle una imputación) en una audiencia pública. Por eso a esa persona, a partir de ese momento, se le llama imputado.
En el Nuevo Sistema de Justicia Penal existen tres etapas y cada una es supervisada por un Juez distinto. En la etapa de investigación existe el Juez de control, quien está encargado de revisar que la investigación arroje los datos que indiquen la probable participación de la persona imputada en el delito investigado. Si es así, autorizará al Ministerio Público a llevar a esa persona a juicio, para acusarle formalmente.
Segunda Etapa
Si el Ministerio Público considera que tiene suficientes pruebas como para suponer que el imputado es culpable, presentará su acusación ante el Juez. En esa acusación debe agregar la lista de testigos y peritos o expertos que desea que declaren en el juicio para comprobar la culpabilidad del imputado. En la etapa intermedia se desarrolla un debate ante el Juez de Control, en el que el imputado y la víctima, a través de sus abogados o por ellos mismos, proponen las pruebas que presentarán en el juicio. En ese momento, el Juez de Control debe decidir cuáles se admitirán.
Tercera etapa: juicio oral
El juicio oral es una audiencia pública en la que el Ministerio Público (acusador) y la defensa (acusado) debaten sus posturas. El debate es presidido por un Tribunal de Enjuiciamiento, integrado por uno o tres jueces, según lo determine cada entidad federativa de nuestro país.
El Juez de juicio oral debe escuchar a las partes y valorar las pruebas que se desahogaron en los interrogatorios. Después, dictará la sentencia que determine la culpabilidad o inocencia del imputado, la cual tiene que ser leída y explicada de una manera clara y precisa para el imputado y la víctima.
Salidas alternas de solución a un conflicto
Una aportación del Nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio a la ciudadanía es agilizar la solución de los conflictos, y para ello, ofrece varias posibilidades para que los involucrados puedan llegar a acuerdos antes de enfrentarse en el Juicio Oral.
En la nueva justicia penal no todo es cárcel. Existen una serie de delitos, que en lo común conocemos como no graves, que pueden resolverse asegurando la reparación del daño y mediante otro tipo de sanciones. En delitos como violación y homicidio no aplican las salidas alternas a un conflicto.
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