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Foto del escritorFrida Reyes

Deberes y derechos del perito en el sistema de Justicia Acusatoria


1. Deberes del perito:

Se pueden sintetizar en 3 grandes aportados:


· Responsabilidad y objetividad: El perito ha de responder la tarea encomendada, ha de velar porque la cadena de custodia se siga, porque los procedimientos aplicados a las muestras no los destruyan, y esto llevara a la objetividad.

· Eficiencia y eficacia: Se espera que el perito de fe de su experiencia es suficiente para abordar el caso.

· Testificación: El perito deberá dejar su trabajo y trasladarse a la corte.

2. Ante el oferente:

· Su procedencia: Es el primer requisito y especifica en que situaciones se requiere la presencia de un perito para ilustrar a las autoridades sobre un hecho.

· Su proposición: Determinar sobre que indicios o evidencias físicas recaerá el peritaje

· Su nombramiento: Los peritos tienen que ser nombrados por la respectiva autoridad judicial.

· Su diligenciamiento: Consiste en exponer los resultados del peritaje ante el juez, los abogados y las partes involucradas.


3. Ante el juez de control:

Los peritos informan a la autoridad judicial sobre la importancia y necesidad de hacer la prueba


4. Ante el juez de oralidad:

Consiste en exponer los resultados del peritaje. Tiene dos momentos el informe escrito y el informe verbal.


5. Ante la sociedad:

Presentar los hechos que le fuerzan confiados y emitir una opinión técnica sobre ellos basados en el saber propio de su área, no está allí para tomar partido a favor o en contra del acusado.

=Derecho del perito=


1.- Libertad de la investigación científica:

El criminalista examina minuciosamente el lugar de los hechos y/o el cuerpo de la víctima para recuperar los indicios, los cuales posteriormente serán analizados para presentar las conclusiones científicas. Las autoridades individuales determinar si las evidencias cumplen con el marco legal.


2.- Al pago de labor presentado:

· Si el perito es asignado por una de las partes, se establecerá la relación privada en donde se estipularon los cargos.

· Si el perito lo designa el juez a petición de una de las partes, será costo de quien lo solicito.

· En caso de asistencia gratuita se hará lo siguiente:

Los cobros suelen transformarse en un largo proceso y el perito debe realizar una previsión del coste y su remisión ser emitida ante la gerencia del Ministerio de justicia para su aprobación.

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