¿Qué es el Homicidio?
simple y sencillamente es quien priva de la vida a una persona. En este sentido debemos entender en palabras informales que es el hecho de quitarle la vida a otra persona de cualquier manera, siendo a propósito o no, aunque jurídicamente se le conozca de otra forma.
En primer lugar, abarcaremos las comisiones mencionadas en este delito.
Tumultuario: Cuando intervengan dos o más personas en la comisión de este delito.
Entre Familia: Si el sujeto activo (Autor) del delito es ascendiente o descendiente consanguíneo en línea recta, hermano, cónyuge, concubina o concubinario, adoptante o adoptado del sujeto pasivo (víctima) sabiendo esa relación.
En riña: en pocas palabras, un impacto con el puño o cualquier arma blanca en el cuerpo o rostro de otro sujeto, es una agresión, si el sujeto pasivo responde con la misma intensidad y la agresión del sujeto activo no desiste, se convertirá en una riña (pelea).
Eutanasia: A quien prive de la vida a otra persona que padezca una enfermedad incurable y mortal en fase terminal, por petición expresa, libre, reiterada e inequívoca de la víctima, es decir, aunque esta persona en dichas condiciones autorice que medicamente priven de su vida, seguirá siendo un delito.
Cabe mencionar que esta es una clasificación que ayudará a identificar el tipo de delito en estas comisiones.
¿Qué son las Lesiones?
Comete el delito de lesiones quien causa a otro una alteración en su salud. ¿Y cómo es esto? bueno, existen seis clasificaciones que a continuación te daré a entender fácilmente:
Cuando tarden en sanar hasta quince días (un moretón, un ojo morado, una mejilla hinchada, una cortada muy mínima, etc.)
Cuando tarden en sanar más de quince días (hueso roto, piel desgarrada, contusión grave, etc.)
Cuando dejen al ofendido cicatriz perpetua y notable en la cara (es decir, una cicatriz que nunca se quite y que siempre se vea, pero en el rostro)
Cuando resulte una perturbación de alguna función u órgano (mala respiración, taquicardias sinusales, etc.)
Cuando produzcan al ofendido la pérdida definitiva de cualquier extremidad, órgano o función orgánica (causen una enfermedad probablemente incurable o una deformidad incorregible o provoque extirparle algún órgano)
Cuando ocasionen incapacidad permanente para trabajar (que no te permitan trabajar jamás)
Referencias:
Código Penal para el Estado de Veracruz, Título I: DELITOS CONTRA LA VIDA Y LA SALUD PERSONAL.
Comments