Es de resaltar que aún antes de disponer de métodos de identificación técnica, la normativa legal en los casos de muerte violenta reconocía la importancia de identificar al fallecido apelando a la “identificación de visu” o reconocimiento visual del cadáver por testigos confiables.
Sin embargo, el reconocimiento visual ya sea que la persona observe el cuerpo directamente o que examine fotografías, tiene un alto riesgo de error que se explica por el estado emocional alterado de quien enfrenta tal situación, por los cambios que haya podido presentar el cadáver y por la calidad de las fotografías.
A lo anterior se suma el hecho no descartable de que alguien propicie una identificación equivocada pretendiendo escapar a la acción de la Justicia ocultando un delito o beneficiarse al cobrar una indemnización o un seguro.
Por otra parte no es posible “reconocer” un cadáver cuando tiene los rasgos alterados por lesiones premortem, cambios postmortem o por modificaciones intencionales hechas con el fin de ocultar o falsear la identidad de la persona fallecida.
En la actualidad, cuando la muerte de una persona es objeto de investigación judicial, la identificación del cadáver habitualmente va más allá del simple reconocimiento visual para convertirse en un proceso que involucra actividades de carácter legal, investigativo y técnico científico. La consecución de la información y de los registros antemortem son tareas de los investigadores pero las condiciones y disposiciones locales pueden determinar que se asignen algunas responsabilidades a los forenses.
Cuando se trata de cadáveres frescos con rasgos preservados y se conoce la identificación del individuo fallecido por información confiable avalada por la autoridad puede ser suficiente que el prosector consigne los datos pertinentes en el protocolo de necropsia y se guarden fotografías, necrodactilia y muestras biológicas para ADN. La verificación de la identidad se haría solamente en los casos en los que la autoridad lo estime conveniente mediante cotejos con registros premortem.
En los casos de cadáveres frescos no identificados o de cuerpos alterados (esqueletizados, calcinados, descompuestos o mutilados), además de preservar muestras y registros, para establecer la identidad (presunta por información de autoridades y/o familiares del desaparecido) es necesario realizar cotejos entre los registros pre y postmortem disponibles (huellas dactilares, carta dental, estudio antropológico, etc) lo que implica hacer actividades interdisciplinarias complejas.
Referencia bibliográfica
Manual para identificación de cadáveres.
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