¿Cuál es ese proceso? ¿Por qué de repente puedo hacer unas cosas y otras no? ¿Quiénes son los que cambian las leyes?
Muy bien, si no vivimos en una cueva alejados de la civilización y sin internet, creo que lo mínimo que deberíamos saber respecto al país es que somos regulados por 3 poderes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial.
Entendiendo esta parte, algunos saben que en palabras resumidas y muy informales, el Ejecutivo es el presidente, el Judicial es la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y el Legislativo es precisamente integrado por Diputados y Senadores (específicamente 500 diputados y 128 senadores).
Pues en resumidas cuentas, la cámara de Diputados y Senadores son los encargados de "Legislar" las leyes.
¿Qué es Legislar?
Legislar es crear o modificar leyes.
Y solo los Diputados y Senadores pueden hacerlo, sin embargo, no se trata de borrar lo que dice la ley con un borrador o la tecla "Retroceso" para agregarle más o simplemente hacer un espacio y agregar un artículo.
Es todo un proceso que a continuación vamos a conocer.
Se presenta la Iniciativa.
Si el presidente se le ocurre hacer una ley, primero debe presentar su iniciativa y la comisión en turno la revisará para ver si es de suma importancia o relevancia para el país como para que la cámara discuta su aprobación o reprobación.
Se dictamina.
Si fue aprobada por la comisión en turno, se le hará llegar esa iniciativa al presidente de la cámara quien programará su discusión en día y hora.
Se discute.
Todos los diputados y senadores discutirán sus puntos respecto a esa iniciativa, negativos o positivos.
Se vota.
Cada uno de los integrantes de la cámara votará a favor o en contra de dicha iniciativa.
Cámara Revisora.
Si la iniciativa fue aprobada, la cámara revisora se encargará de, como dice el nombre, revisar que dicha iniciativa no sea inconstitucional, o que tenga otro sentido que pueda afectar a la sociedad, entre otras situaciones, es decir, ellos pueden desaprobar dicha iniciativa.
Promulgación.
Aproximadamente un año atrás, la promulgación se efectuaba de la siguiente manera...
Se promulgaba en CDMX (donde se encuentran las cámaras) y cada 40 km. de distancia extra, incrementaba un día.
Actualmente si se promulga hoy una ley. Hoy mismo tiene efecto.
Referencias:
Del Principio de la División de poderes (García Roca, Javier. Abril de 2000).
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación
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