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DELITOS CONTRA EL RESPETO DE LOS MUERTOS.

Foto del escritor: Ana LeidneckerAna Leidnecker

¿Sabías de la existencia de tal delito?



Aunque suele parecer extraño, perturbar La Paz de los difuntos también es un delito y nuestro Código penal para el estado de veracruz lo contempla en sus artículos.


¿A qué se refiere?



impondrán prisión de uno a cinco años y multa hasta de cuarenta días de salario a quien:


I. Viole un túmulo, sepulcro, sepultura o féretro;


II. Profane un cadáver o restos humanos, con actos de vilipendio, mutilación, brutalidad o necrofilia


III. Viole o vilipendie el lugar donde repose un cadáver, restos humanos o sus cenizas.


Un dato interesante, es que también se aplicará sanción cuando se trate de



VIOLACIÓN DE LAS LEYES SOBRE INHUMACIONES Y EXHUMACIONES


Artículo 297.-Se impondrán de seis meses a un año de prisión y multa hasta de veinte días de salario a quien, ilegalmente:


I. Sepulte o mande sepultar un cadáver o un feto o parte de ellos


II. Exhume un cadáver o un feto o parte de ellos


III. Sustraiga o esparza las cenizas de un cadáver o restos humanos.




Este delito también se encuentra presente en nuestro código penal federal.

REFERENCIAS:


Código penal para el estado de veracruz, artículo 296 y 298

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