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Foto del escritorAna Leidnecker

MATRIMONIOS ILEGALES.

¿ Sabes a que se refiere nuestro Código Penal con Matrimonio Ilegal?


MATRIMONIO: Unión de dos personas mediante determinadas formalidades legales reconocidos ante la ley como familia.


Quien contraiga matrimonio a sabiendas de la existencia de un impedimento no dispensable se le impondrán de seis meses a cuatro años de prisión y multa hasta de cuarenta días de salario. Las mismas sanciones se impondrán al encargado del registro civil, a los testigos y a quienes ejerzan la patria potestad o la tutela, que hayan autorizado, declarado u otorgado su consentimiento, conociendo el impedimento.





Existen diferentes tipos de matrimonio ilegal, entre los mas comunes tenemos :


BIGAMIA

Quien, estando unido en matrimonio no disuelto ni declarado nulo por sentencia ejecutoria, contraiga otro con las formalidades legales. Las mismas sanciones se impondrán al otro contrayente, al encargado del registro civil, a los testigos y a quienes, en su caso, ejerzan la patria potestad o la tutela y hayan autorizado u otorgado su consentimiento, si conocían el impedimento al tiempo de celebrarse el matrimonio.


DELITOS CONTRA LA FILIACIÓN Y EL ESTADO CIVIL

A quien, con el fin de alterar la filiación o el estado civil:

I. Inscriba o haga inscribir en el registro civil a una persona con una filiación que no le corresponda;

II. Omita la inscripción teniendo dicha obligación, con el objeto de hacerle perder los derechos derivados de su filiación, o declare falsamente su fallecimiento en el acta respectiva;

III. Mediante ocultación, sustitución o exposición de un recién nacido, pretenda librarse de las obligaciones derivadas de la patria potestad, desconociendo o tornando incierta la relación de filiación;

IV. Usurpe el estado civil o la filiación de otro con el fin de adquirir derechos de familia que no le corresponden; o

V. Inscriba o haga inscribir un divorcio o la nulidad de un matrimonio, no declarados por sentencia ejecutoriada.


CONTRAER MATRIMONIO SIN DAR POR TERMINADO EL ANTERIOR ES UN DELITO.


REFERENCIAS:


CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO DE VERACRUZ, ARTICULO 245, 246, 247, MATRIMONIOS ILEGALES, BIGAMIA Y DELITOS CONTRA LA FILIACION Y EL ESTADO CIVIL, EDITORIAL: CAJICA.




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