Cabe destacar que lo que uno piensa para ser presidente de México (porque en algún momento de la vida lo hemos analizado) no es absolutamente nada comparado con lo que realmente se necesita, es decir, pensamos en los requisitos y enseguida decimos "debo ser politólogo, abogado, debo haber estudiado en la UNAM, IPN o incluso una extranjera, debo tener un cociente intelectual altísimo" y la verdad es que no.
Hay un principio en el concepto, trascendencia y ejecución de "la Democracia" y es que en el pueblo es libre de decidir a su representante, así sea actor (Sergio Mayer), deportista (Cuauhtemoc Blanco) o un ciudadano común como todos nosotros.
Obviamente la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos regula que por muy libre decisión que tengamos, se respeten unas "Condiciones" por no llamarlos requisitos, como la edad, la nacionalidad y la residencia.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 82.-
Para ser Presidente se requiere:
I.- Ser ciudadano mexicano por nacimiento, en pleno goce de sus
derechos, hijo de padre o madre mexicanos y haber residido en el país al
menos durante veinte años;
Tener tanto como padre y madre Mexicanos, nacer en México y que tengas 20 años viviendo aquí.
II.- Tener 35 años cumplidos al tiempo de la elección;
Si cumples 35 años el mismo día de la elección, eres completamente capaz de ser electo.
III.- Haber residido en el país durante todo el año anterior al día de la
elección. La ausencia del país hasta por treinta días, no interrumpe la
residencia;
Prácticamente no podrás salir del territorio nacional durante el año anterior al día de votación, aunque podrás salir de este durante 30 días únicamente.
IV.- No pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro de algún culto;
Cuando Benito Juárez estuvo en la presidencia, algunas de las cosas que le debemos es que creó el Estado Laico, que significa "separado de toda religión" ya que como recordamos, antes de eso, estaba implantado el catolicismo en México hasta llegarse a mencionar como la única religión legal "Católica-Apostolica Romana". Regresando al tema de ser presidente, gracias a esto, no podrás ser presidente si desempeñas algún cargo en un culto.
V.- No estar en servicio activo, en caso de pertenecer al Ejército, seis
meses antes del día de la elección;
Si eres militar, también puedes ser presidente, sin embargo no debes estar activo durante los 6 meses antes del día de elección.
VI.- No ser Secretario o subsecretario de Estado, Fiscal General de la
República, ni titular del poder ejecutivo de alguna entidad federativa, a
menos de que se separe de su puesto seis meses antes del día de la
elección;
Si ya llegases a desempeñar un cargo de los mencionados en esta fracción, debes saber que no podrás ser presidente a no ser que te separes de dicho puesto durante 6 meses antes del día de la elección.
VII.- No estar comprendido en alguna de las causas de incapacidad
establecidas en el artículo 83.
Precisamente es el artículo que sigue a estos requisitos, y no estará de más mencionarlo.
Art. 83. El Presidente entrará a ejercer su encargo el 1o. de octubre y durará en él seis años. El ciudadano que haya desempeñado el cargo de Presidente de la República, electo popularmente, o con el carácter de interino o sustituto, o asuma provisionalmente la titularidad del Ejecutivo Federal, en ningún caso y por ningún motivo podrá volver a desempeñar ese puesto.
Referencias:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 82 y 83.
Comments