top of page
Foto del escritorAna Leidnecker

USO INDEBIDO DE ATRIBUCIONES Y FACULTADES.

Uso indebido de atribuciones y facultades


¿A qué se refiere?


Cuando un Servidor Público, INDEBIDAMENTE, otorgue, realice o contrate obra pública, deuda, adquisiciones, arrendamientos, etc. Que IMPOSIBILITE, las mejores condiciones

para el estado.


¿A qué se refiere con servidores públicos?


Un funcionario es quien desempeña profesionalmente un empleo público. Los funcionarios participan en la administración pública o de gobierno; y acceden a su condición a través de elección, nombramiento, selección o empleo.




¿Cuáles son los tipos de delito por uso indebido de atribuciones y facultades?


I.- El servidor público que indebidamente:

A) Otorgue concesiones de prestación de servicio público o de explotación, aprovechamiento y

uso de bienes de dominio de la Federación;

B) Otorgue permisos, licencias o autorizaciones de contenido económico;

C) Otorgue franquicias, exenciones, deducciones o subsidios sobre impuestos, derechos, productos, aprovechamientos o aportaciones y cuotas de seguridad social, en general sobre los ingresos fiscales, y sobre precios y tarifas de los bienes y servicios producidos o prestados en la Administración Pública Federal, y del Distrito Federal.

D) Otorgue, realice o contrate obras públicas, deuda, adquisiciones, arrendamientos, enajenaciones de bienes o servicios, o colocaciones de fondos y valores con recursos económicos públicos.

II.- Toda persona que solicite o promueva la realización, el otorgamiento o la contratación indebidos de las operaciones a que hacen referencia la fracción anterior o sea parte en las mismas, y

III.- El servidor público que teniendo a su cargo fondos públicos, les dé a sabiendas, una aplicación pública distinta de aquella a que estuvieren destinados o hiciere un pago ilegal.

Al que cometa el delito a que se refiere el presente artículo, se le impondrán de seis meses a doce años de prisión, de cien a trescientos días multa, y destitución e inhabilitación de seis meses a doce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.



REFERENCIA:

Código penal federal,artículo 217, uso indebido de atribuciones y facultades.

172 visualizaciones0 comentarios

Entradas recientes

Ver todo

Comments


bottom of page